EL PARTO NORMAL Y SIN COMPLICACIONES, DÁ DERECHO A PERMISO RETRIBUIDO DE DOS DÍAS A FAMILIARES DE HASTA SEGUNDO GRADO POR CONSANGUINIDAD Ó AFINIDAD

09.01.2010 15:32

Todos los trabajadores tienen derecho a un PERMISO POR HOSPITALIZACIÓN de familiares hasta segundo grado de consaguinidad en los casos de parto aunque no haya complicaciones en el parto.

Una sentencia del Tribunal Supremo del 23 de abril de 2009, si reconoce este derecho para todos los trabajadores. Esta sentencia cambiará la política de muchas empresas ya que en el caso de no respetarse el permiso, el trabajador podría reclamarlo.

La práctica habitual hasta ahora era negar el permiso retribuido a los trabajadores que se encontraban en esta situación.

En caso de que las empresas no cumpliera con la nueva norma significaría una discriminación por razón de sexo de la mujer trabajadora, ya que le impediría tener acceso a la ayuda de los familiares directos durante el parto.

Esto además significa que sólo tendremos que acreditar la entrada de la mujer embarazada con motivo de parto en el hospital. La empresa no tendrá derecho a pedirnos más información ni ninguna documentación adicional para pedir explicaciones en el caso de parto con complicaciones. De hacer esto supondría una vulneración del derecho a la intimidad de la mujer embarazada.

www.fct.ccoo.es/comunes/temp/recursos/19/236104.pdf

www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/222777.pdf