DEMANDA POR LA REVISIÓN SALARIAL EN ONDA CERO: LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA RAZÓN A CCOO
El tribunal desautoriza a la empresa, que pretendía descontar de los salarios la diferencia entre el IPC real y el
El 10 de julio, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia favorable a la extinta Federación de
Comunicación y Transporte de CCOO, hoy Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, sobre el conflicto
colectivo planteado por la revisión salarial de la plantilla de Onda Cero.
La empresa, Uniprex SAU, anunció en enero a la plantilla, de aproximadamente 600 personas, que para 2009 iban a
subir los salarios un 1,4%, puesto que en el 2008 subieron un 2%, que fue la previsión de IPC, y finalmente el IPC real
resultó ser de 1,4%. Por tanto, entendían que había ?un exceso del pago del 0,6%?, y lo querían regular con la subida
para 2009.
El Comité Intercentros de Onda Cero se opuso a esta medida de la empresa por considerarla ilegal, como posteriormente
lo ha demostrado otra sentencia sobre Sogecable por motivos similares y también resuelta favorablemente a CCOO.
Por un lado, la sentencia plantea que en el Convenio colectivo ?el artículo dispone la regularización de las tablas
salariales cuando existe diferencia a favor de los trabajadores pero ésta no procede cuando, como ocurre en este caso, el
IPC real es inferior al previsto.? Por tanto, no se podría descontar esa diferencia entre el IPC previsto y el real en 2008,
ni tampoco se podría aprovechar ese 0,6% del 2008 para el incremento salarial de 2009.
Por otro lado, ante la afirmación por parte de la empresa de que el Gobierno no ha hecho una previsión de IPC para el
año 2009, la sentencia reconoce que es cierto que el Gobierno no la ha hecho pública ?formal y solemnemente?, pero
tampoco la hizo en los años 2002 y 2008. En este sentido, la Audiencia expresa que ?lo importante, para la resolución
de este conflicto, no es si el Gobierno determinó formalmente el IPC para 2009, lo que hizo efectivamente, aunque no
de modo solemne y formal, al igual que en los años precedentes, sino como herramienta para determinar legalmente la
revalorización de las pensiones, como no podría ser de otro modo, puesto que, si no lo hubiera hecho así, habría
incumplido los mandatos legales ya citados [?]?
En definitiva, la Audiencia Nacional vuelve a desmontar los argumentos de algunas empresas, que afirman que no hay
una previsión de IPC para 2009 y así no cumplir las cláusulas de revisión salarial ligadas a la previsión de IPC de
muchos convenios colectivos.
Federación de Servicios a la ciudadanía de CCOO
Fecha artículo: mié 22 jul 2009
previsto en 2008, además de aprovechar la supuesta falta de previsión de IPC de 2009 para no subir lo que
correspondía este año.